El divorcio por causal se da cuando la disolución del vínculo matrimonial es requerida o solicitada por uno de los cónyuges, basada en una de las causales establecidas por la ley, los mismos que se pueden dar por la violación de los deberes conyugales por parte de uno de los cónyuges y que el otro no está dispuesto a permitir.
La disolución del vínculo matrimonial se consigue mediante un proceso judicial, al no haber aceptación del otro cónyuge a la disolución planteada. A este proceso se le puede acumular la petición de alimentos, para los hijos menores de edad o mayores, en casos expresamente establecidos en la Ley, así como la tenencia y régimen de visitas respectivo. Adicionalmente, la separación de los bienes adquiridos durante el matrimonio.
Este tipo de proceso tiene una duración indefinida, ya que depende mucho del grado de complejidad que tenga cada caso. Normalmente se debe desarrollar dentro del término de dos años, sin embargo, este plazo puede variar.
Las causales de divorcio vienen establecidas en el Código Civil: